El principio de jerarquía y el principio de competencia


El principio de jerarquía establece que una fuente o una norma prevalece sobre otra según el rango que tenga la autoridad que la haya dictado.

De tal forma que una norma considerada superior porque la haya dictado una autoridad con rango superior siempre deroga la norma que haya dictado una autoridad de rango inferior, y además, si esta norma inferior contradice a la superior será nula, es decir como si nunca se hubiera dictado.

Por ejemplo, la Constitución está por encima de cualquier otra norma del sistema español, sin embargo una norma de la Unión Europea está por encima porque si esta norma contradice algo de lo establecido en la Constitución, será la propia Constitución la que habría que reformar.

El principio de competencia, se refiere a la distribución de materias que van a ser reguladas por ciertas normas.

Este principio es complementario del principio anterior de jerarquía.

Según este principio se le atribuyen ciertas materias a ciertos órganos y son estos órganos los que deben dictar las normas que van a regular dichas materias.

Por ejemplo un bando municipal le corresponde dictarlo al Ayuntamiento y no al Gobierno Central o al Gobierno de una Comunidad Autónoma.

Diferencia entre ambos principios

Que el principio de jerarquía se refiere al rango de la norma

Que el principio de competencia se refiere a las materias que le corresponde a un órgano.

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Encarnación troyano

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