Los tres tipos de competencia: territorial, jerárquica y material
La competencia territorial, jerárquica y material
En este post estuve hablando de la organización administrativa y dije que era algo a tener en cuenta en la Administración Pública para conseguir que esta fuera eficaz.
Pues bien, para que la Administración Pública pueda estar organizada es necesario que todas sus competencias estén repartidas eficazmente, de forma que cada órgano esté dedicado a las competencias que debe llevar a cabo.
En el post de hoy, vamos a estudiar los tres criterios que en derecho administrativo se tienen en cuenta para repartir dichas competencias.
El primero es el jerárquico y hablamos así de competencia jerárquica, que se refiere a un reparto vertical.
Como bien sabes en la Administración hay órganos superiores y órganos inferiores, pues según este tipo de competencias, las que corresponden a funciones de mayor transcendencia le corresponde a los órganos superiores y las de menor importancia a los órganos inferiores, siempre teniendo en cuenta que entre órganos superiores y órganos inferiores tiene que haber una relación de dependencia.
El segundo criterio es el territorial, es decir, que en este caso, las competencias se reparten según el territorio con lo cual aquí hablamos de una distribución horizontal, es decir, en este caso los órganos están el el mismo nivel, ni unos son superiores ni otros inferiores. lo que ocurre es que los órganos a los que se les reparte las funciones se encuentran en diferentes territorios.
El tercer criterio es el material, en este caso, las competencias se reparten por materias dependiendo de los fines, objetivos o funciones que tengan las diferentes Administraciones y dentro de ellas los diferentes órganos de un mismo ente.
Todas estas competencias se transfieren a través de la delegación de firma, la suplencia, la encomienda de gestión y la avocación.
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Encarnación Troyano
encarnaciontroyano@gmail.com
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