Entidades Locales. Diferencia entre ellas
La Entidad Local por excelencia es el Municipio, pero la Ley de Bases de Régimen Local contempla otros supuestos, en unos casos con territorio y población inferior al municipio y en otros casos superior.
Vamos a estudiar la diferencia entre dichas Entidades Locales.
Entidades Locales Menores
Estas Entidades son de ámbito inferior al municipal.
Se constituyen sobre núcleos de población separados y gozan de personalidad jurídica propia independiente del municipio.
En este caso estaríamos hablando de aldeas, pedanías o concejos.
Mancomunidades
Dichas Entidades se forman porque varios municipios, ya sean por población o por territorio son insuficientes por sí sólos para poder ofrecer determinadas obras y servicios, para lo cual se asocian y forman mancomunidades.
Este sería el caso de no poder ofrecer por separado, por ejemplo, el servicio de recogida y tratamiento de residuos o por ejemplo el servicio de prevención y extinción de incendios.
Áreas Metropolitanas
La característica principal de dicha Entidad Local es que las encontramos en grandes aglomeraciones urbanas, como puede ser Madrid o Barcelona.
En este caso se asocian entre sí porque tienen intereses económicos y sociales comunes y para satisfacerlos es necesaria una planificación conjunta.
Comarcas
Estas Entidades están formadas por asociación de municipios, pero en este caso la finalidad que persigue es diferente a la que persiguen las mancomunidades.
En el caso de la comarca los municipios asociados tienen intereses sociales y económicos comunes que precisan de una gestión propia.
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