Entidades Locales. Diferencia entre ellas

La Entidad Local por excelencia es el Municipio, pero la Ley de Bases de Régimen Local contempla otros supuestos, en unos casos con territorio y población inferior al municipio y en otros casos superior.

Vamos a estudiar la diferencia entre dichas Entidades Locales.

Entidades Locales Menores

Estas Entidades son de ámbito inferior al municipal.

Se constituyen sobre núcleos de población separados y gozan de personalidad jurídica propia independiente del municipio.

En este caso estaríamos hablando de aldeas, pedanías o concejos.

Mancomunidades

Dichas Entidades se forman porque varios municipios, ya sean por población o por territorio son insuficientes por sí sólos para poder ofrecer determinadas obras y servicios, para lo cual se asocian y forman mancomunidades.

Este sería el caso de no poder ofrecer por separado, por ejemplo, el servicio de recogida y tratamiento de residuos o por ejemplo el servicio de prevención y extinción de incendios.

Áreas Metropolitanas

La característica principal de dicha Entidad Local es que las encontramos en grandes aglomeraciones urbanas, como puede ser Madrid o Barcelona.

En este caso se asocian entre sí porque tienen intereses económicos y sociales comunes y para satisfacerlos es necesaria una planificación conjunta.

Comarcas

Estas Entidades están formadas por asociación de municipios, pero en este caso la finalidad que persigue es diferente a la que persiguen las mancomunidades.

En el caso de la comarca los municipios asociados tienen intereses sociales y económicos comunes que precisan de una gestión propia.

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